Infracciones urbanísticas – ¿Qué puede pasar?

Es indiscutible que un terreno se ve mucho mejor con una casa y que una casa luce espectacular con una pérgola que la acompañe y con un acristalamiento en el que podamos armarnos ese soñado jardín de invierno con el sofá de ratán. Sin embargo, hacerlo al margen de la ley puede llegar a costarnos mucho más caro de lo que imaginamos.

Nunca falta algún vecino con complejo de justiciero que nos denuncie o las tan temidas inspecciones del ayuntamiento. La cuestión es que si has recibid la notificación por haber cometido una infracción urbanística, necesitas de la ayuda de nuestro estudio y la de Millarq, especialistas en infracciones. Te contamos por qué…

¿Qué es una infracción urbanística?

Cuando hablamos de infracción urbanística, nos referimos a una acción cometida en contra de la normativa comprendida en el marco legal urbanístico comprendido en el Real Decreto y en la legislación autonómica de Valencia, La Rioja, País Vasco, Andalucía, Madrid, Extremadura, Asturias, Cantabria y Canarias.

Se considera que las infracciones de esta naturaleza alteran el orden establecido en la ciudad, por lo que se le aplica una sanción a la persona para que, a través de ella, se vuelva a restablecer el orden que resultó violentado.

El tipo de sanción a aplicarse depende del tipo de infracción cometida, la cual puede ser leve, grave o muy grave.

Ejemplos de infracciones urbanísticas

  • Obra nueva
  • Parcelaciones urbanas
  • Modificaciones de uso de una vivienda
  • Primera utilización de edificios
  • Movimientos de tierra
  • Remodelación de una vivienda: fachada o estructura
  • Colocación de carteles publicitarios
  • Demoliciones

Organismos que aplican las infracciones urbanísticas

Una infracción urbanística es aplicada por la Administración a cargo de controlar que no se cometan estas infracciones. La entidad que más comúnmente las aplica son las Comunidades Autónomas, y cada una de ellas tiene su legislación particular. Por lo tanto, cada una decide el grado de la gravedad de la infracción y, en consecuencia, las sanciones correspondientes.

Clasificación de las infracciones urbanísticas de acuerdo a su gravedad

Leves

  • Construir edificaciones que no reúnen las condiciones mínimas de higiene estipuladas en la legislación
  • Edificar sin licencia de forma demasiado próxima a una construcción protegida
  • Demolición de edificaciones protegidas

Dado que no causan un daño significativo, la sanción que se les aplica es bastante leve.

Graves

  • Construcciones en suelos no urbanizables
  • Obras que entorpezcan o perturben el uso público
  • Construcciones en suelo urbanizable que carezcan de planificación urbanística
  • Parcelaciones en áreas que aún no han sido catalogadas como urbanizables o no urbanizables
  • Incumplimiento de las normas de distancia que deben respetarse entre edificaciones
  • Excederse en la altura
  • Parcelaciones carentes de licencia

Muy graves

  • Edificación en terrenos reservados para zonas verdes, áreas deportivas públicas o espacios libres
  • Tala de árboles en áreas boscosas o de arboledas protegidas
  • Vulnerar más de un 30 % de los parámetros enmarcados dentro del planeamiento urbanístico en lo referente a la cantidad de edificaciones, su altura, su volumen, su ubicación, la densidad de viviendas y la ocupación del suelo.

Algunas Comunidades Autónomas engloban en esta categoría algunas de las infracciones que otras Comunidades consideran dentro de la categoría de graves.

Sanciones aplicables a las infracciones urbanísticas

Además de recibir la sanción correspondiente, quien incumpla la normativa urbanística y dañe a terceros, se verá ante la obligación de indemnizarlos por concepto de daños y perjuicios. A su vez, no se descarta la posibilidad de que se le atribuya responsabilidad penal.

Las sanciones independientes de la indemnización y de las comprendidas en el Código Penal, son las siguientes:

Suspensión de la construcción o del uso del suelo

Cuando se carece de permiso para edificar y el Ministerio de Vivienda o la autoridad municipal acuden a la obra, la sanción consiste en emitir la suspensión de la obra hasta que la persona a cargo solicite la licencia de obra o la ajuste a la normativa vigente. Para ello, contará con un plazo de dos meses desde el momento en el que reciba la notificación.

Paralización de la construcción

Si la infracción es catalogada como grave o muy grave, no habrá una segunda oportunidad para quien se encuentre construyendo, sino que la obra deberá ser paralizada de forma definitiva.

Multa

La cuantía de la multa depende directamente del grado de gravedad de la infracción. La autoridad que realice la inspección tendrá en cuenta tanto los agravantes como los atenuantes para fijar el importe final. En los casos en los que el beneficio que se obtenga a partir de la infracción resulte superior a la multa, esta última podrá elevarse hasta igualarse a dicho beneficio. Las personas que reciben la multa son el promotor de la obra, el técnico director y el empresario.

Demolición

Esta es la consecuencia de no haber solicitado la licencia correspondiente o de haberse saltado las condiciones requeridas en el permiso de construcción. También corresponderá la demolición en los casos en lo que se denegó la licencia. Será la persona responsable de la construcción la que deba ejecutar la demolición.

Plazos de prescripción de una infracción urbanística

La prescripción de las sanciones por infracciones urbanísticas depende de los siguientes factores:

  • La legislación de la Comunidad Autónoma
  • La gravedad de la infracción

En Baleares, la prescripción presenta los siguientes plazos:

1 año – infracciones leves

8 años – infracciones graves y muy graves

Sin embargo, una de las características que trajo consigo la LUIB para esta comunidad autónoma es que la Administración tiene la potestad de obligar al propietario a que restablezca la legalidad urbanística. Es decir, esta obligación estaría al margen de cualquier prescripción.

¿Has construido un anexo, una barbacoa, una pérgola, un acristalamiento o una casa desde sus mismos cimientos? Si has recibido la notificación por concepto de infracción urbanística, cada día que pasa se vuelve en tu contra.

¡Cuéntanos tu caso! Y resolvamos este asunto de una buena vez para que puedas disfrutar de lo que te corresponde sin el yugo de una penalización sobre tu cabeza.

 

 

 

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