Reclame su indemnización por cancelación o retraso de vuelo

Durante estas fechas de verano los viajes se disparan y con ellos las huelgas de los trabajadores de las aerolíneas.

Por ello comentaremos en qué casos el afectado puede reclamar la cantidad económica que le pertenece. Por lo tanto, estás en el lugar idóneo si quieres reclamar un retraso de vuelo o una cancelación de vuelo.

Nuestro objetivo es recuperar el dinero y la tranquilidad del cliente que ha vivido una mala experiencia en el aeropuerto.

¿Cómo puedo reclamar un vuelo retrasado?

En el caso en el que el pasajero haya tenido un retraso en su vuelo de más de 3 horas hasta el destino final del viaje, dicho pasajero puede reclamar una indemnización o compensación a la compañía aérea por el vuelo retrasado entre 250 y 600 euros.

Además de esta cantidad, el pasajero también tiene la opción de reclamar otra indemnización por el retraso del vuelo añadiendo los gastos y daños y perjuicios.

Así pues, existen dos tipos de reglamentos que regulan los derechos de los pasajeros que comentaremos a continuación.

Derechos por retrasos de vuelos según el Reglamento 261/2004 de la UE

El primero de los reglamentos se trata del Reglamento 261/2004 de la UE que se aplica a las compañías aéreas de la Unión Europea y a todos los vuelos que salen de un país de la Unión Europea.

Este reglamento dictamina que en aquellos vuelos retrasados por más de 3 horas el pasajero podrá obtener una indemnización por retraso que varía entre 250 a 600 euros. Las cantidades económicas a percibir dependen de la distancia en vuelo hasta el destino final del vuelo.

Existen tres posibles escenarios:

 Si la distancia total es inferior a 1500 km la indemnización a percibir será de 250 €.

 Si la distancia total es entre 1500 km y 3500 km la indemnización a percibir será de 400 €.

 Si la distancia total es superior a 3500 km la indemnización a percibir será de 600 €.

Seguidamente, el pasajero podrá reclamar una indemnización de los gastos de aquellos servicios que no ha podido disfrutar por el retraso del vuelo. Algunos ejemplos de estos servicios serían: la estancia en el hotel, el alquiler del coche, la compra de comidas en el aeropuerto o cualquier tipo de servicio que ya haya sido pagado con antelación para disfrutar en el lugar de destino.

Además, el pasajero puede reclamar el reembolso del billete comprado si finalmente no decide viajar porque el retraso del vuelo implica una mala experiencia para el pasajero y entorpece el viaje del mismo. Aunque también puede pedir el reembolso del nuevo billete adquirido en caso de que decida escoger otra alternativa para disfrutar de su viaje.

Finalmente, el pasajero puede exigir la recuperación económica del retraso del vuelo por daños y perjuicios, siendo la mayoría de ellos pérdidas de eventos como pueden ser los días de vacaciones, no asistir a una entrevista de trabajo o reuniones de trabajo, entre otros.

Ejemplo de un retraso de vuelo

Compramos un billete de vuelo de Alicante a Roma y se produce un retraso de vuelo de 5 horas. Seguidamente, compramos comida dentro del aeropuerto por un valor de 30€ para la espera (siempre y cuando la aerolínea no se haga cargo de ello). Una vez llegamos a Roma perdemos el servicio de alquiler del coche con el Rent a Car que habíamos comprado programando el viaje (100€), y todo ello hace que lleguemos a una hora que no teníamos prevista.

Indemnización retraso de vuelo

Visto el ejemplo anterior, por el vuelo podríamos reclamar tu vuelo de 400€ dado que se trata de un vuelo entre 1500 km y 3500 km. A esta cantidad le sumamos los 30€ de la comida comprada en el interior del aeropuerto y los 100€ del alquiler del coche, añadiendo la valoración económica del perjuicio ocasionado por llegar a su destino en un horario no previsto (esto último es subjetivo).

La indemnización total a cobrar en este supuesto es 400 + 30 + 100 = 530 € por el retraso del vuelo de este viaje.

Reclamación del reembolso o un transporte alternativo para viajar

El reembolso del coste íntegro del billete de vuelo se produce en 7 días. Esto corresponde a la parte o partes del viaje efectuadas y no efectuadas.

La solución del viaje propuesta por parte de la aerolínea debe ser en condiciones similares, lo más rápido posible y en una fecha idónea para el pasajero.

Otros aspectos a tener en cuenta

  • En el caso de que el vuelo tenga un retraso de más de 2 horas, pero menos de 3 horas, la compañía aérea tiene el deber de ofrecer un impreso con las normas de compensación y asistencia por retraso, ofrecer comida y bebida, así como dos llamadas telefónicas si fuese necesario. Por otra parte, el pasajero no tiene derecho a reclamar una compensación económica por el retraso en este intervalo de tiempo.
  • En el caso de que el vuelo tenga un retraso de más de 3 horas, pero menos de 4 horas, se podrá reclamar las siguientes cantidades:
    • Si la distancia es inferior a 1500 km la indemnización será de 250 €.
    • Si la distancia es entre 1500 km  y 35000 km la indemnización será entre 400 €.
    • Si la distancia es superior a 3500 km la indemnización será de 300 € (se indemniza con la mitad del importe estipulado de 600 €).

Derechos por retrasos de vuelos según el Convenio de Montreal

El segundo de los reglamentos se trata del Convenio de Montreal. Este reglamento establece las compensaciones económicas por daños morales que deben ser justificados (su naturaleza es subjetiva).

En este caso, al reclamar un vuelo cancelado o un retraso de vuelo los efectos legales son similares dado que dichos escenarios entorpecen la experiencia de viaje del pasajero.

Como hemos dicho en el primer párrafo, las reclamaciones por parte de los pasajeros tienen que ser justificadas por daños o perjuicios que serán valorados por el criterio del juez, el cual establece la cantidad económica en la indemnización que estima correcta. Las cantidades suelen ser similares a las del Reglamento de la UE (entre 250 y 600 euros).

¿Cómo reclamar un vuelo cancelado?

En el caso de que la compañía aérea cancele el vuelo deberán informar a los pasajeros rápidamente ofreciéndoles un impreso donde figuren las normas de compensación y asistencia. Así pues, la compañía aérea debe informar a los pasajeros por escrito de los datos del organismo responsable del cumplimiento del Reglamento (CE) 261/2004, que en el caso de España es la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Además, la compañía aérea debe informar de los posibles transportes alternativos, así como comida y bebida necesarios para el tiempo de espera. También se añaden las obligaciones de ofrecer un hotel o transporte a tu alojamiento en el caso de que la salida se produzca en los días siguientes.

En cuanto al derecho de reembolso, el pasajero tiene las siguientes opciones:

  • Reembolso de la cantidad íntegra del billete de vuelo en 7 días. Si se diera el caso de que el viaje ya no tiene significado para el pasajero la compañía aérea debe ofrecer un vuelo lo más rápido posible al punto de partida.
  • Buscar una fecha que convenga al pasajero y pueda realizar el vuelo en condiciones similares.
  • Si el pasajero decide viajar por su cuenta, tiene derecho a que se le reembolsen los gastos para llegar a su destino.

Finalmente, los gastos de compensación son los mismos que se podrían reclamar según el Reglamento 261/2004 de la EU.

Overbooking

Se produce cuando la compañía aérea vende más plazas de las disponibles en el avión y latarjeta de embarque del pasajero es denegada, por lo tanto no puede viajar en el vuelo que estaba previsto. Esta práctica comercial es legal y regulada por el Reglamento CE Nº 261/2004 y permitida por la Unión Europea. La cantidad económica de la indemnización a reclamar varía entre los 250 y los 600 euros.

Tipos de Overbooking

Existen dos tipos:

 Voluntario: la aerolínea tiene la obligación de reembolsar al pasajero la cantidad del billete íntegro, ofrecer un medio de transporte alternativo y una serie de beneficios tales como dinero en metálico, un asiento en business, bonos de viaje, etc. Si se accede voluntariamente no se podrá reclamar en un futuro.

 No voluntario: esta situación se produce en contra de nuestra voluntad. En estos casos, la aerolínea tiene que reembolsar el billete íntegro, ofrecer un medio de transporte alternativo y una compensación económica al pasajero que no ha podido embarcar por factores externos.

Pérdida de equipaje

El pasajero tiene el derecho a reclamar la pérdida de su equipaje hasta 1131 DEG (Derechos Especiales de Giro) que equivalen a un total de 1300€.

Este derecho puede reclamarse por deterioro o demora (hasta 21 días para su entrega) y pérdida del equipaje (pasados 21 días desde que se produjo la pérdida).

Además, la indemnización a percibir puede ser superior si se hace una declaración de valor de los bienes materiales que se encontraban en el interior del equipaje en el momento de la facturación.

Para reclamar estos derechos es totalmente necesario tramitar previamente el PIR (Parte de Irregularidad de Equipaje) en el aeropuerto, ya que si no se realiza esta acción se presupone que el equipaje ha sido entregado al pasajero correctamente y en buenas condiciones.

El plazo para tramitar este parte es de 21 días en caso de pérdida o retraso del equipaje, y en caso de daños de equipaje en 7 días.

Desde Martínez-Blanco Abogados recomendamos que este trámite debe realizarse antes de abandonar el aeropuerto.

Especialistas en reclamar indemnizaciones a aerolíneas

En Martínez-Blanco Abogados contamos con expertos que han llevado numerosos casos de éxito reclamando retrasos, cancelaciones, overbooking y pérdidas de equipaje. Para contactar con nosotros solo tiene que rellenar el siguiente formulario y enseguida recibirá noticias nuestras.

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