
¿Tributaste tu prestación por maternidad en tu Renta? (IRPF Maternidad)
La Agencia Tributaria se equivocó con tu declaración.
¿Por qué podemos reclamar?
Recientemente el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en su Sentencia 810/2016 ha reconocido el derecho a una madre para que la Agencia Tributaria le devuelva el exceso que pagó en su Declaración de la Renta por haber tenido que tributar la prestación por maternidad que recibió, al haber detectado que la Agencia Tributaria interpretó erróneamente la inclusión de la prestación en la Renta, cuando en realidad tal prestación estaba exenta de tributación. Con esta jurisprudencia, se abre la vía a que cualquier madre que haya estado en la misma situación pueda reclamar. Siendo una media de 3.000€ a recuperar.
¿Cómo recuperamos el dinero por el IRPF maternidad?
Desde Martínez-Blanco Abogados nos encargamos de todo el procedimiento, tanto en su fase administrativa ante la Agencia Tributaria, ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, así como ante el Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma, poniendo todos los medios necesarios, así como Letrados y Procuradores especializados en Derecho Tributario.
¿Que documentos necesito?
- Declaración de la Renta donde tributamos por la prestación por maternidad.
- Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social donde conste la prestación por maternidad percibida.
- Fotocopia del DNI / NIE
- Autorización de representación firmada.
¿Cuanto tiempo dura el procedimiento?
El procedimiento puede durar entre 8-12 meses aproximadamente al tener que recurrir a varios órganos diferentes. No obstante, el plazo dependerá de la agilidad en la tramitación de estos organismos.
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Rellena el FORMULARIO de contacto y te llamaremos, o bien puedes llamarnos al teléfono gratuito 900 834 926. ¡Recupera tu dinero! Recuerda que trabajamos en todo el territorio nacional.