El TJUE analizará si el Tribunal Supremo ha dictado en contra del Derecho europeo en el caso del IRPH de las hipotecas.
La Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza, especializada en de cláusulas abusivas, Doña Carmen Robles Zamora, mediante Auto de fecha 5 de Enero de 2021 ha acordado plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE a solicitud del Letrado Norberto José Martínez-Blanco, para que aporte seguridad jurídica ante la situación crítica creada por las últimas resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo. Ahora el TJUE analizará si el Tribunal Supremo ha resuelto contrariamente al Derecho de la Unión sobre el IRPH, ya que en sus últimas sentencias consideró que la cláusula IRPH era impuesta en las hipotecas de forma no transparente por los bancos, pero ello no implicaba su abusividad por entender ilógicamente que no ha existido perjuicio para el afectado.
La resolución de esta cuestión prejudicial afectará a más de 1.300.000 hipotecas referenciadas en España al IRPH, suponiendo en caso de resultar favorable, una devolución de media de más de 40.000€ por afectado, que el banco deberá reintegrarle, por lo que podría convertirse en el mayor de los mazazos multimillonarios que la banca podría recibir en su historia por la aplicación de cláusulas abusivas en sus préstamos, siendo Banco Santander, Caixabank, Bankia y UCI, las entidades que más IRPH han aplicado a sus clientes aunque todos los bancos y cajas han aplicado IRPH en un porcentaje u otro.
De nuevo, Martínez-Blanco Abogados vuelve al Tribunal de Justicia de la Unión Europeo con otra Cuestión Prejudicial, esta vez, en defensa de los intereses de los afectados por IRPH, y de nuevo haremos todo lo posible para que se pueda conseguir lo que consideramos que por Derecho debería aplicar el Tribunal Supremo y los jueces nacionales.
¿Por qué era necesaria esta nueva Cuestión Prejudicial sobre el IRPH?
Para dar respuesta a ello debemos remontarnos a finales de septiembre 2020, donde pudimos ver como el Tribunal Supremo se apresuraba a dictar 5 sentencias en un solo día sobre IRPH en la que reinterpretaba la Sentencia del TJUE del 3 de Marzo de 2020 sobre el IRPH, bajo nuestro punto de vista de forma torticera, en la que concluyó que la cláusula IRPH no es transparente pero tampoco es abusiva.
Dictando esas 5 sentencias repentinas el Tribunal Supremo trató de zanjar el asunto del IRPH intentando crear la denominada “jurisprudencia pacífica”. Acto seguido, y también de forma masiva, notificó en los más de 50 recursos de casación que se encuentran pendientes de sentencia, la apertura de un trámite de alegaciones ante la posibilidad de que ya no existiera interés casacional al haber dictado estas sentencias con el claro objetivo de archivar los recursos e inadmitir los futuros que fueran presentados, sin que los afectados pudieran recurrir tal decisión y quedando perpetuados al IRPH aunque en un futuro cambiara la jurisprudencia.
Para frenar esta situación de indefensión, la única salida era plantear ante el TJUE una nueva cuestión prejudicial compuesta de una batería de 16 preguntas que hemos elaborado con el objeto de que el TJUE sea lo más conciso posible y con el objetivo de que no pueda caer en ambigüedades que puedan ser utilizados por el Tribunal Supremo y la banca para defender su posición.
Finalmente, tras nuestra petición y formulación de preguntas, la Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Ibiza ha aceptado elevar dicha cuestión ante el TJUE, mediante la notificación de un Auto de fecha 5 de Enero de 2021, notificado ahora a las partes, y todo ello por la vía del procedimiento acelerado dada la urgente necesidad jurídica de los afectados en el que el Letrado Norberto José Martínez Blanco será nuevamente el encargado de la defensa ante la Gran Sala del TJUE.
Esta cuestión prejudicial pueda ser unida de oficio por el TJUE a la cuestión prejudicial elevada recientemente por el Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona, que entendemos que la unión de todas ellas, dotará en un sentido u otro, de la seguridad jurídica que necesitamos en esta lucha contra la abusividad del IRPH.
En palabras de Norberto José Martínez Blanco “Desde mi posición, mostrar nuevamente el más firme compromiso en esta nueva cuestión prejudicial, donde nuevamente mi equipo y yo nos dejaremos la piel como ya hicimos en la cuestión prejudicial 224 que fue resuelta por el TJUE en la histórica Sentencia del pasado 16 de Julio de 2020, con la que hemos conseguido que los afectados puedan recuperar la comisión de apertura, los gastos de formalización, y además conseguir que se condene en costas procesales a la banca cuando esta haya abusado en sus cláusulas”.
“Gracias a nuestros representados por su confianza, y por supuesto nuevamente a aquellos jueces que en honor a su profesión, hacen que sigamos creyendo en la justicia.”
El cliente defendido en este caso concreto por Martínez-Blanco es un ibicenco que concertó un préstamo en el año 2004 con la entidad financiera UNIÓN DE CRÉDITOS INMOBILIARIOS, E.F.C, S.A. (perteneciente a Banco Santander) para la compra de su vivienda habitual, donde se le impuso el IRPH en vez del Euribor sin ningún tipo de información por parte del banco. Hasta la fecha ha abonado más de 47.344€ de más si lo comparásemos con un préstamo con referencia a Euribor.
La batalla del IRPH continua.